Cuatro elecciones, un destino

Uno de los argumentos que se blandieron contra la inclusión de la quinta papeleta en los comicios del 2 de mayo fue la confusión que se le causaría al electorado al tener que votar al mismo tiempo por otras cuatro papeletas en que se disputaban cuatro distintos puestos de elección popular. Se dijo también que la gente no sabía qué era una Constitución o qué exactamente decía la nuestra, ni qué era una Constituyente o cómo se comía. ¿Cómo se puede votar sobre lo que no se conoce? Muy bien, veamos de qué manera la práctica electoral actual refuta estos mismos cuestionamientos.

La elección del Presidente de la República obedece a criterios muy distintos de los que se emplean para elegir legisladores, alcaldes y representantes de corregimientos. Aunque no sea enteramente consciente de ello, cuando voto para escoger al Presidente de la República no estoy eligiendo sólo al hombre de la foto (este año todos los candidatos presidenciales son hombres, así que cabe lo que de otra forma sería un lenguaje sexista), pues, en realidad, este hombre no es más que la cabeza visible de un gran (en el sentido del tamaño, no necesariamente de la calidad) equipo de trabajo y mi voto va dirigido a colocarlos a todos ellos en el sitio del poder. El presidente no es un mero director de orquesta, es la tarjeta de presentación de la orquesta completa, que es la que al final nos hará bailar, desesperar ante la cacofonía o morir del aburrimiento.

Nunca debemos dejar de pensar que detrás de ese rostro ubicuo hay una miríada de intereses, algunos sanos, otros no tanto; pero todos invisibles. Y lo peor de todo es que el acceso que la inmensa mayoría de la gente tendrá al que resulte vencedor en el torneo es escasísimo. Una espesa cortina de ministros, funcionarios y asesores se interpondrá siempre entre el presidente y la gente que lo eligió.

¡Qué distinto es el voto para legislador! En ese caso, aunque también marco la casilla del partido, en realidad voto por una persona (o varias, si se trata de un circuito plurinominal) que sólo tiene entidad en la medida en que forma parte del Organo Legislativo. Eso significa que el triunfo de mi candidato en el torneo no garantiza que su voz prevalezca en la Asamblea. Incluso, si el legislador elegido pertenece a la bancada de oposición y resulta una persona muy combativa, quizás el gobierno desarrolle una actitud negativa hacia la circunscripción de mi legislador y decida menoscabarlo obstaculizando la ejecución de proyectos en mi comunidad. Es decir, con ganar, uno no gana nada en particular; o sea, la victoria de mi candidato a legislador podría convertirse en un dolor de cabeza de duración quinquenal.

Quizás el voto para integrar el legislativo es menos un voto para el partido, que para el candidato. Esto parece ser lo que ocurre en una buena parte de los circuitos uninominales. En los plurinominales la situación es compleja. El hecho de que podamos ejercer el voto selectivo es una muestra de que se eligen personas antes que partidos; pero la manera como se reparten las curules pareciera indicar lo contrario. En este último aspecto, las reformas electorales del 2002 trataron de favorecer el principio a favor de las personas.

Y qué decir de la elección del Alcalde. En realidad, es otro juego de pelota totalmente distinto. Salvo por el distrito capital, la mayoría de los votantes del 2 de mayo elegirá como alcaldes a hombres y mujeres que les son cercanos (aunque no siempre en un plan de amistad). En el certamen para escoger al alcalde se permite la postulación libre y aunque no son muchos los candidatos de esta proveniencia, su mera presencia le añade una mayor riqueza de ofertas electorales a los comicios. El elemento de la cercanía se intensifica en la elección de representantes de corregimiento, en la que las relaciones de familia y amistad podrían jugar un papel importante al momento de determinar el beneficiario de la visita a las urnas.

Aunque no se haya dicho mucho, por conveniencia claro está, en algunos pocos distritos habrá una quinta papeleta, no la que asesinaron los partidos políticos, sino la que servirá para escoger concejales. En aquellos distritos en los que el número de corregimientos sea inferior a cinco, la Constitución ordena que se elijan por votación popular directa los concejales que se necesitasen para que el Concejo quede integrado por el mínimo de cinco miembros.

Así que, en los escasos minutos que tomará mi ejercicio del voto, deberé repasar una vez más mis ideas en cuanto a quién sería el mejor líder político del país, lo que significa hacer un balance adecuado de las funciones de gerencia pública y liderazgo democrático de la nación, quién tiene la rectitud y la solidez de criterio para confiarle la formulación de leyes, quién podría ser un buen administrador de la hacienda local, quién un buen representante de los intereses comunitarios.

Independientemente de si todos los panameños pueden hacer eficazmente estas operaciones mentales en unos pocos minutos, pues en ningún momento he escuchado que todo esto es demasiado complejo para que las cuatro elecciones se celebren el mismo día, lo cierto es que así votamos los panameños.

No importa que haya gente que no conozca todas las funciones que la Constitución y las leyes le asignan al Presidente de la República, a la Asamblea Legislativa, a los alcaldes y a los representantes de corregimientos. Ello no vicia el fundamento democrático de las elecciones.

Antes bien, que la decisión sea el resultado de las opiniones de la gente, así sean éstas imperfectas, limitadas, confusas o arbitrarias, es lo único que nos puede acercar a nuestro destino democrático.
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El Panamá América, Martes 30 de marzo de 2004